Incapacidad Legal
La incapacitación se regula en los artÃculos 199 y siguientes del Código Civil. El adjetivo de legal se establece porque el primero de estos preceptos dice que nadie puede ser declarado incapaz sino por sentencia judicial en virtud de las causas establecidas en la Ley. Asimismo se añade que son causas de incapacitación las enfermedades o deficiencias persistentes de carácter fÃsico o psÃquico que impidan a la persona gobernarse por sà misma.
La incapacidad implica la pérdida de capacidad o ausencia de ésta para, por ejemplo, asumir obligaciones o firmar un determinado contrato.Â
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Ver todosÚltima modificación: 02 de julio de 2014